D.S. N° 008-2010-PRODUCE
Se modifica el primer párrafo del artículo 1°, el artículo 2°, el primer párrafo del artículo 3°, el primer y segundo párrafo del artículo 4°, el artículo 5° y el artículo 6° del Decreto Supremo N° 002-2010-PRODUCE. Además, se modifica la Tercera Disposición Complementaria del mismo Decreto Supremo. Por otro lado, el Instituto Tecnológico Pesquero del Perú – ITP, se encargará de capacitar a los inspectores del "Programa de Vigilancia y Control de la Pesca y Desembarque en el Ambito Marítimo", en la metodología de análisis físico – sensorial de recursos hidrobiológicos.