Decreto Supremo N° 035-2008-EM.
Mediante esta norma se modifica el artículo 16º del Reglamento del Comité de Operación Económica del Sistema (COES), de acuerdo a lo siguiente.
"Artículo 16º.- Elección del Directorio.
(…)
16.5 Para ser Director se debe cumplir con tener título profesional y experiencia acreditada en el sector eléctrico nacional o extranjero de, al menos, quince (15) años".