Res. N° 024-2014-OS/CD.-
La norma señala que, se ha considerado necesario establecer que en el caso de concesionarios que se encuentren dentro de un proceso regulatorio en curso a la fecha de emisión de la presente resolución, éstos deben contar con un plazo que les permita presentar al Regulador los argumentos complementarios vinculados a su propuesta de plazo para alcanzar el Factor de Penetración, que consideren necesarios.
Por lo cual, disponen modificar el literal e) del numeral 40.2, Artículo 4° de la Norma: “Procedimiento para la Elaboración de los Estudios Tarifarios sobre Aspectos Regulados de la Distribución de Gas Natural”, aprobada mediante la Resolución OSINERGMIN N° 659-2008-OS/CD.
Fecha de publicacion 08.02.14