Modifican Anexo N° 1 del Reglamento de la Ley N° 28405 aprobado mediante D.S. N° 020-2005-PRODUCE/ R.M. N° 359-2007-EF/15

R.M. N° 359-2007-EF/15

Se ha excluido de la lista de productos consignados en el Anexo N° 1 del Decreto Supremo N° 020-2005-PRODUCE, Reglamento de la Ley N° 28405, Ley que estableció de manera obligatoria el rotulado para todos los productos industriales manufacturados de uso o consumo final que sean comercializados en el territorio nacional, los siguientes productos:

Partida Arancelaria

Descripción

4901.10.00.00

Libros, folletos e impresos similares, en hojas sueltas, incluido plegadas

4901.99.00.00

Demás libros, folletos e impresos similares, excepto en hojas sueltas

4903.00.00.00

Álbumes o libros de estampas y cuadernos para dibujar o colorear para niños

4908.90.90.00

Demás calcomanías

4910.00.00.00

Calendarios de cualquier clase de impresos, incluidos los tacos de calendarios

4911.91.00.00

Estampas grabados y fotografías

Asimismo, se ha incluido en la lista de productos consignados en el Anexo N°1 del Decreto Supremo N° 020-2005- PRODUCE, Reglamento de la Ley n° 28405, el siguiente producto:

Partida Arancelaria

Descripción

8424.10.00.00

Extintores, incluso cargados

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