Decreto Supremo N° 121-2006-EF
Se sustituye el numeral 3 del anexo IV del D.S. N° 115-2001-EF en los siguientes términos:
3” Franja del Azúcar
Producto marcador: azúcar blanca refinada (subpartida 1701.99.00.90).
Mercado de Referencia: contrato N° 5 de la bolsa de Londres, cotizaciones diarias de cierre, primera posición.
Fuente Reuters”
Tabla aduanera del Azúcar
Sustitúyase la tabla aduanera del azúcar, aprobada por el D.S. N° 074-2006-EF, por la tabla aduanera que forma parte del presente Decreto Supremo.
La tabla aduanera del azúcar aprobada por el presente Decreto Supremo tendrá vigencia hasta el 30 de junio de 2007.