D.S. N° 014-2012-EM
Modifican el literal a), b), e), y f) del artículo 139° del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas.
Las modificaciones antes mencionadas entrara en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial el Peruano con excepción de la modificación del numeral III) del literal d) contenida en el articulo 3° y las modificaciones contenidas en los literales e) y f).