Modificación del procedimiento específico “Control Aduanero de Equipaje y de Mercancías en la Zona Comercial de Tacna “ INTAPE.23.01.

Res. N° 05-2015/SUNAT/5C0000.-

Sustituyen en los numerales 3 y 4 del literal A.1 y en los numerales 6 y 7 del literal A.2 de la sección VII del procedimiento específico “Control Aduanero de Equipajes y Mercancías en la Zona Comercial de Tacna”, INTA.PE.23.01, aprobado por Resolución de Superintendencia Nacional Adjunta de Aduanas Nº 730-2007/SUNAT/A, el término “boleta de venta” por “boleta de venta o ticket o cinta emitido por una máquina registradora”, en singular o plural según corresponda

Asimismo, modifican los anexos: “Declaración Jurada de Equipaje Mayor de Edad”, “Declaración Jurada de Equipaje Menor de Edad” y “Lista de Bienes” del procedimiento específico “Control Aduanero de Equipajes y Mercancías en la Zona Comercial de Tacna”, INTA.PE.23.01, aprobado por Resolución de Superintendencia Nacional Adjunta de Aduanas Nº 730-2007/SUNAT/A, conforme a los textos que se adjuntan y forman parte integrante de la  resolución.

*La resolución entrará en vigencia a los quince (15) días calendarios contados a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano.

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