LEY QUE SUSPENDE EL COBRO DE PEAJES EN LA RED VIAL NACIONAL, DEPARTAMENTAL Y LOCAL CONCESIONADA, DURANTE EL ESTADO DE EMERGENCIA NACIONAL DECLARADO A CAUSA DEL BROTE DEL COVID-19

LEY Nº 31018

Suspéndese con carácter excepcional y provisional del cobro de peaje en todas las unidades de peaje de la red vial nacional, departamental y local concesionada, con el objeto de evitar el contacto con los usuarios y cumplir con el aislamiento obligatorio mientras dure el estado de emergencia nacional dispuesto por el Poder Ejecutivo ante los riesgos de propagación del COVID-19.

La suspensión establecida en el presente artículo no causará ni generará derecho compensatorio.

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