Ley N° 29313
Mediante esta norma se regula el procedimiento de reposición de partidas de nacimiento, matrimonio y defunción destruidas o desaparecidas por negligencia, hechos fortuitos o actos delictivos en todas las oficinas de registro de estado civil y oficinas registrales del país.
La norma dispone que el responsable de dicha reposición será el Reniec en coordinación con las oficinas del registro del estado civil.
Asimismo, la norma establece disposiciones sobre la reposición de las actas con duplicado de los libros del Sistema Nacional de Archivos, la reposición de las actas de nacimiento con información del Registro Unico de Identificación de Personas Naturales, la reposición de actas con participación del ciudadano, entre otras.