Ley N° 29673
Se prorroga hasta el 31 de diciembre de 2014 los beneficios tributarios establecidos por el artículo 2 de la Ley 28253, Ley que declara de Necesidad Pública la Continuación de la Ejecución del Sistema Eléctrico de Transporte Masivo de Lima y Callao, los mismos que fueron prorrogados mediante el Decreto Legislativo 974 y la Ley 29190, a fin de aplicar dichos beneficios a la ejecución de las obras civiles y electromecánicas del Sistema Eléctrico de Transporte Masivo de Lima y Callao, Línea 1, tramo 2, Avenida Grau – San Juan de Lurigancho.