Ley N° 29741
Mediante esta norma se declara de interés nacional la promoción de la obtención, la donación y el transplante de órganos o tejidos humanos.
La norma establece disposiciones relativas a la autorización para donar, al acta de consentimiento para la donación voluntaria de órganos y tejidos, la última voluntad del donante y la creación de las unidades de donación de procura.
Asimismo, se modifican los artículos 4° y 9° y se incorpora el numeral 11° de la Ley N° 28189, Ley General de Donación y Transplante de Órganos y/o Tejidos Humanos relativos a los restos mortales de la persona humana, los requisitos y condiciones para la donación de tejidos regenerables de donantes vivos y las condiciones y requisitos del donante cadavérico.
La norma establece disposiciones relativas a la autorización para donar, al acta de consentimiento para la donación voluntaria de órganos y tejidos, la última voluntad del donante y la creación de las unidades de donación de procura.
Asimismo, se modifican los artículos 4° y 9° y se incorpora el numeral 11° de la Ley N° 28189, Ley General de Donación y Transplante de Órganos y/o Tejidos Humanos relativos a los restos mortales de la persona humana, los requisitos y condiciones para la donación de tejidos regenerables de donantes vivos y las condiciones y requisitos del donante cadavérico.