Ley que modifica el último párrafo del Artículo 57 del Código Penal ampliando la prohibición del beneficio de la suspensión de la pena efectiva a los condenados por lesiones leves causadas por …


Ley que modifica el último párrafo del Artículo 57 del Código Penal ampliando la prohibición del beneficio de la suspensión de la pena efectiva a los condenados por lesiones leves causadas por violencia contra la mujer

 LEY N° 30710

La presente norma modifica el último párrafo del artículo 57 del Código Penal, el cual queda redactado de la siguiente manera:

Suspensión de la ejecución de la pena

Artículo 57.- Requisitos

[…]

La suspensión de la ejecución de la pena es inaplicable a los funcionarios o servidores públicos condenados por cualquiera de los delitos dolosos previstos en los artículos 384, 387, segundo párrafo del artículo 389, 395, 396, 399, y 401 del Código, así como para las personas condenadas por el delito de agresiones en contra de las mujeres o integrantes del grupo familiar del artículo 122-B, y por el delito de lesiones leves previsto en los literales c), d) y e) del numeral 3) del artículo 122”.


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