Ley que modifica el articulo 2 de la Ley 28457, Ley que modifica el proceso de filiación Judicial de Paternidad Extramatrimonial.

Ley N° 29715

Se modifica el articulo 2 de la Ley 28457, disponiendo que el demandante, en caso de no poder afrontar los gastos de la prueba de paternidad podrá solicitar auxilio judicial, además que convierte al resultado de la prueba de ADN en prueba suficiente para resolver la causa y finalmente resuelve la no-realización de la prueba de paternidad dentro del plazo judicial con la declaratoria de paternidad.
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