Ley N° 30293.-
La Ley tiene por objeto modificar el Código Procesal Civil a fin de brindar herramientas para la celeridad de los procesos civiles, y a la vez, modernizar algunos requisitos y formalidades.
Modifican los artículos 35, 36, 85, 86, 88, 108, 148,158, 162, 167, 194, 200, 204, numeral 2 del artículo 208, 271, 301, 320, 324, 374, 377, 412, 414, 415, 416,417, 419, 423, 424, 425, 426, 427, 428, numeral 6 del artículo 451, 480, 534 y 559 del Código Procesal Civil
La Ley entra en vigencia a los treinta días hábiles de su publicación en el diario oficial El Peruano, a excepción del artículo 167, el cual entra en vigencia a los ciento veinte días hábiles. Los procesos judiciales iniciados antes de la entrada en vigor, se adecuan a la Ley en el estado en que se encuentren, para lo cual el Poder Judicial dicta las medidas necesarias.
Domingo 28 de diciembre de 2014