Ley que fortalece la tutela incapaz o adulto mayor mediante la modificación de diversos artículos del Código Civil

Ley N° 29633

Se incorpora el artículo 568° -A, al Código Civil, respecto a la facultad para nombrar su propio curador; asimismo se modifica los artículos 569° y 2030°, referidos a la prelación de curatela legítima y a los actos y resoluciones inscribibles.

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