Ley N° 29679
Mediante esta Ley se establece como plazo excepcional el 31 de Julio de 2011, para la publicación de Ordenanzas que aprueban los montos de las tasas por Arbitrios. Asimismo, las Municipalidades que decidan acogerse a lo anterior deberán de publicar el texto integro de las ordenanzas que aprueban las tasas por arbitrios, incluido el informe técnico-financiero.