La presente norma declara de interés nacional y necesidad pública la recuperación, conservación y protección de las aguas de la cuenca del río Huallaga, localizada entre los departamentos de Pasco, Huánuco y San Martín.
Se indica que el Ministerio de Agricultura y Riego, a través de la Autoridad Nacional del Agua, en coordinación con el Ministerio del Ambiente; el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; el Ministerio de Salud; los gobiernos regionales y los gobiernos locales ubicados en la zona de influencia de la cuenca del río Huallaga, elaboran y aprueban un plan de acción para la recuperación, conservación y protección de las aguas con enfoque ecosistémico.