Ley N° 29435
Se prorroga el plazo de vigencia a que se refiere el articulo único de la Ley N° 29295, Ley que Prorroga el Plazo de Vigencia de la Comisión Especial Revisora del Código Penal por (1) año adicional, contado desde su vencimiento.
Ley N° 29435
Se prorroga el plazo de vigencia a que se refiere el articulo único de la Ley N° 29295, Ley que Prorroga el Plazo de Vigencia de la Comisión Especial Revisora del Código Penal por (1) año adicional, contado desde su vencimiento.