Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo de los Estibadores Terrestre y Transportes Manuales.

Ley N° 29088

Se ha publicado la Ley Seguridad y Salud en el Trabajo de los Estibadores Terrestre y Transportes Manuales, la cual regula las condiciones de seguridad y salud en el trabajo de los estibadores terrestre y transportistas manuales de productos agrícolas.

Dicha norma será de aplicación en las actividades de producción, transporte y comercialización de la cadena agro-productiva en el ámbito nacional.

La presente norma entrará en vigencia desde el 20 de septiembre de 2007, otorgándose las personas obligadas un plazo de 90 días para su implementación.

 

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