Ley N° 30313.-
La Ley tiene como objeto establecer disposiciones vinculadas a la oposición en el procedimiento de inscripción registral en trámite, la cancelación del asiento registral por suplantación de identidad o falsificación de los documentos presentados a los registros administrados por la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, así como modificar las disposiciones del Código Civil y del Decreto Legislativo del Notariado para prevenir y anular las acciones fraudulentas que afectan la seguridad jurídica.
*El Poder Ejecutivo reglamenta la presente Ley en un plazo no mayor de noventa días calendario contados a partir de su entrada en vigencia.
Las Disposiciones Complementarias Modificatorias de la presente ley establecen lo siguiente:
– Modifican los artículos 2013 y 2014 del Código Civil
– Modifican los artículos 4º y 55º del Decreto Legislativo 1049, Decreto Legislativo del Notariado
– Modifican las disposiciones complementarias, transitorias y finales quinta y sexta del Decreto Legislativo 1049, Decreto Legislativo del Notariado.