Ley de la simplificación de la Certificación Domiciliaria / Ley N° 28882

Ley N° 28882

Se ha creado la Ley de simplificación de la Certificación Domiciliaria, la cual establece que el requisito de certificado domiciliario queda cumplido por parte del interesado con la presentación, presentada directamente ante el requirente, de una declaración jurada simple y escrita en la que conste su domicilio actual.

Asimismo, el interesado podrá solicitar el certificado domiciliario según lo previsto en las Leyes núm. 27839 y 28862, en los casos en que estime pertinente. Los costos de dicho supuesto reflejarán el costo real del servicio, para tal efecto el INDECOPI podrá realizar investigaciones de oficio que cautelen el interés de los usuarios, de acuerdo a sus competencias.

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