Resolución Administrativa N° 157-2008-CE-PJ.
Se ha dispuesto instaurar la Subespecialidad Previsional en la sede de la Corte Superior de Justicia de Lima.
Esta subespecialidad previsional será asumida por el 11º, 12º, 13º, 14º y 15º Juzgados Permanentes Especializados en lo Contencioso Administrativo, así como por el 1º, 2º, 3º y 4º Juzgados Transitorios de la misma materia.