Incorporan infracción en la Sección II “Infracciones Graves” del Anexo 2 “Infracciones Específicas del Sistema Financiero y de las Empresas de Servicios Complementarios y Conexos” del Reglamento de Sa

Res. N° 2940-2015.-

Incorporan en la Sección II “Infracciones Graves” del Anexo 2 “Infracciones Específicas del Sistema Financiero y de las Empresas de Servicios Complementarios y Conexos” del Reglamento de Sanciones aprobado por Resolución SBS Nº 816-2005 y sus normas modificatorias, la siguiente infracción:

– No entregar o entregar parcial o tardíamente, la información requerida en las solicitudes de levantamiento del secreto bancario formuladas por las autoridades competentes.

La resolución entra en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano.

 

 Fecha de publicacion: 30.05.15

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