Res. N° 268-2013-SUNAT
Incorporan en el Anexo de la Resolución de Superintendencia N° 014-2008/SUNAT, que regula la notificación de actos administrativos por medio electrónico, a las resoluciones que se pronuncian sobre el desistimiento de diversas solicitudes
Incorporan al anexo de la Resolución de Superintendencia Nº 014-2008/SUNAT y normas modificatorias, los siguientes actos administrativos:
N° |
Tipo de documento |
Procedimiento |
Requieren afiliación a notificaciones SOL |
16 |
Resolución de Intendencia u Oficina Zonal (3)
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Devolución de pagos indebidos o en exceso y otros casos de devolución de impuestos – Tributos internos (4).
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No |
17 |
Resolución de Intendencia u Oficina Zonal (3)
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Entrega de Notas de Crédito Negociables por la diferencia no aplicada de los Documentos Cancelatorios – Tesoro Público – Tributos Internos.
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No |
18 |
Resolución de Intendencia u Oficina Zonal (3)
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Nueva emisión de Notas de Crédito Negociables por pérdida, deterioro o destrucción parcial o total – Tributos internos.
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No |
Asimismo, La presente Resolución entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial EL Peruano.
(3) Que se pronuncia sobre el desisitimento.
(4) A que se refieren los procedimientos N° 16, 18 al 20 y 22 al 31del Texto Único de Procedimientos Administrativos de la SUNAT, aprobado mediante Decreto Supremo N° 176-2013-EF; el artículo 1° de la Ley N° 29518; y, el artículo 1° de Decreto Supremo N° 174-2004-EF.