Res. N° 019-2014/SUNAT.-
Incorporan los numerales 9 y 23 en el Anexo 2 de la Resolución de Superintendencia Nº 183-2004/SUNAT y normas modificatorias, con el siguiente texto:
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DEFINICIÓN |
DESCRIPCIÓN |
PORCENTAJE
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9. |
Carne y despojos comestibles
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Sólo los bienes comprendidos en las subpartidas nacionales 0201.10.00.00/ 0206.90.00.00. |
4%
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(…) |
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23. |
Plomo |
Sólo los bienes comprendidos en las subpartidas nacionales 7801.10.00.00, 7801.91.00.00 y 7801.99.00.00. |
15%
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Asimismo, incorporan el código 41 en el Anexo 4 de la Resolución de Superintendencia Nº 183-2004/SUNAT y normas modificatorias, con el siguiente texto:
CÓDIGO |
TIPO DE BIEN, SERVICIO O CONTRATO DE CONSTRUCCIÓN |
(…) |
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041 |
Plomo. |
*La presente resolución entrará en vigencia el primer día calendario del mes subsiguiente a la fecha de su publicación y será aplicable a aquellas operaciones cuyo nacimiento de la obligación tributaria del Impuesto General a las Ventas se genere a partir de dicha fecha.