D. S. N° 058-2006-RE
Se han incluido a los nacionales de Nicaragua en los alcances del Decreto Supremo N° 054-2006-RE, para el requisito de visa temporal, en la calidad migratoria de turistas para el ingreso al Perú hasta por 90 días, prorrogables de acuerdo a ley, en aplicación del principio de reciprocidad.