Res. N° 296-2011/SUNAT
Se fija una tasa de 0.50% mensual a la tasa de interés aplicable a las devoluciones en moneda Nacional, una tasa de interés de 0.30% mensual a la tasa de interés aplicable a las devoluciones en moneda extranjera y se aplicará la tasa de interés moratorio(TIM) a las devoluciones no aplicadas del Impuesto General a las Ventas.