Resolución N° 500-2006-SUNAT/A
Se han fijado los factores de conversión monetaria, con el fin que éstos sean utilizados en la declaración de la base imponible de los derechos arancelarios y demás tributos aduaneros. Dichos valores se expresarán en dólares de los Estados Unidos de América; sin embargo, en caso de valores expresados en otras monedas extranjeras, éstos se convertirán a dólares de Estados Unidos de América, utilizando los factores de conversión establecidos en la presente Resolución.