Res. Nº 266-2006/SUNAT/A
Mediante la presente Resolución de Superintendencia Nacional Adjunta de Aduanas, se dispone aprobar la aplicación de la facultad discrecional de determinar y sancionar administrativamente las siguientes infracciones:
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Cuando los transportistas o sus representantes en el país no cumplan con suscribir la nota de tarja, la relación de bultos faltantes o sobrantes o las actas de inventario de los bultos arribados en mala condición exterior dentro del plazo que establezca el Reglamento de la Ley General de Aduanas; y,
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Cuando los almacenes aduaneros no cumplan con suscribir la nota de tarja, la relación de bultos faltantes o sobrantes o las actas de inventario de los bultos arribados en mala condición exterior dentro del plazo que establezca el Reglamento de la Ley General de Aduanas.