R.M. N° 677 – 2008 – PRODUCE
Mediante esta norma se establece la veda reproductiva del recurso merluza y se suspende la actividad extractiva del citado recurso, a partir de las 00:00 horas del 06. 09. 08 por un periodo de 30 días calendario.
R.M. N° 677 – 2008 – PRODUCE
Mediante esta norma se establece la veda reproductiva del recurso merluza y se suspende la actividad extractiva del citado recurso, a partir de las 00:00 horas del 06. 09. 08 por un periodo de 30 días calendario.