R.M. N° 166-2015-PRODUCE.-
Establecen la veda reproductiva del recurso “trucha arco iris” Oncorhynchus mykiss en los cuerpos de agua del departamento de Lima, quedando prohibida la extracción, el transporte, la comercialización y el procesamiento del citado recurso a partir del 1 de junio hasta el 30 de setiembre de 2015.
Se exceptúa de la prohibición dispuesta en el Artículo 1 de la presente Resolución Ministerial a las comunidades y agrupaciones de pescadores artesanales que realicen la extracción del recurso “trucha arco iris” Oncorhynchus mykiss en cuerpos de agua cerrados que cumplan con las siguientes condiciones:
a. Que los cuerpos de agua no tengan comunicación con ríos;
b. Contar con autorización para efectuar el poblamiento o repoblamiento del recurso “trucha arco iris” Oncorhynchus mykiss en el cuerpo de agua; y,
c. Acreditar ante la dependencia con competencia pesquera del Gobierno Regional de Lima que dichos ambientes hídricos han sido materia de poblamiento o repoblamiento mediante actas, facturas, convenios u otros documentos.