Establecen veda del recurso erizo en area del litoral de San Juan de Marcona

R.M N° 238-2011-PRODUCE

Se establece la veda temporal del erizo de mar en el área comprendida entre los 14.9541 LS., 75.5084 LW; 15.4583 LS, 75.0238 LW de San Juan de Marcona quedando prohibida la extracción, procesamiento, transporte y comercialización del citado recurso.

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