Establecen requisitos sanitarios específicos de cumplimiento obligatorio en la importación de determinadas mercancías pecuarias procedentes de Chile, Argentina, Nueva Zelanda y Bolivia.

R.D.  N°0011-2013-AG-SENASA-DSA

Establecen los requisitos sanitarios específicos de cumplimiento obligatorio en la importación de determinadas mercancías pecuarias según país de procedencia, de acuerdo a los siguientes Anexos que forman parte integrante de la presente Resolución:

a. Anexo I: Reptiles procedente de Chile.

b. Anexo II: Despojos comestibles de bovinos (excluye sesos, patas, cabeza, lengua, médula espinal, tiroides e hipófisis) refrigerados o congelados procedente de Argentina.

c. Anexo III: Embriones de bovino congelado procedente de Nueva Zelanda.

d. Anexo IV: Carne y despojos comestibles de aves (gallo o gallina, pavo, pato, ganso o pintada) frescos, refrigerados o congelados procedente de Bolivia.

e. Anexo V: Productos procesados de carne, despojos o sangre, preparaciones y conservas alimenticias a base de estos productos, sazonados, congelados o refrigerados de aves (gallo o gallina, pavo, pato, ganso o pintada) procedente de Bolivia.

Los anexos señalados en el artículo precedente serán publicados en el portal institucional del SENASA (www.senasa.gob.pe).

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