Establecen requisitos fitosanitarios específicos de cumplimiento obligatorio en la importación de fruta fresca de cítricos procedentes de la República Popular China.

R.D. N° 31-2008-AG-SENASA-DSV

Mediante esta norma se establecen los requisitos fitosanitarios específicos de cumplimiento obligatorio en la importación de fruta fresca de cítricos, como toronja citrus x paradisi, mandarina o tangerina citrus reticulata y sus híbridos, naranja citrus sinensis, limón citrus limon y pummelo citrus maxima, procedentes de la República Popular China.

Tales requisitos son los siguientes:

  • El envío deberá contar con el Permiso Fitosanitario de Importación emitido por el SENASA;
  • El envío deberá venir acompañado de un Certificado Fitosanitario oficial del país de origen, además de la Declaración: "The consignment is in compliance with requirement described in the Protocol of phytosanitary requeriments for the export of citrus from P.R. China to Peru and is free from quarantine pest concern to Peru";
  • El envasado de la fruta deberá realizarse en cajas limpias y de primer uso (las cajas deberán venir palletizadas y acondicionadas en contenedores refrigerados, identificadas según el Protocolo);
  • Inspección en el punto de ingreso.
X
X