Establecen requisitos fitosanitarios de necesario cumplimiento en la importación de semillas de café de origen y procedencia de varios países.

R.D. N° 0036-2014-MINAGRI-SENASA-DSV.-

Establecen requisitos fitosanitarios de necesario cumplimiento en la importación de semillas de café (Coffea spp.) de origen y procedencia de varios países, señalando lo siguiente:

Que el envío deberá contar con el Permiso Fitosanitario de Importación emitido por el SENASA, obtenido por el importador o interesado, previo a la certificación y embarque en el país de origen o procedencia.

El envío deberá venir acompañado de un Certificado Fitosanitario oficial del país de origen en el que consigne según corresponda.

Se deberá rendir una declaración adicional para el caso de semillas de café proceden de viveros o centros de investigación, productos libres de las plagas que se enuncian en la Resolución, entre otras disposiciones que se establece

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