Establecen requisitos fitosanitarios de necesario cumplimiento en la importación de granos de ratmil, de origen y procedencia India

RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 0014-2014-MINAGRI-SENASA-DSV.-

En el único artículo de la Resolución Directoral Nº 0014-2014-MINAGRI-SENASA-DSV se señala los requisitos fitosanitarios de necesario cumplimiento en la importación de granos de ratmil (Guizotia abyssinica) de origen y procedencia India, los cuales son:

1. Que el envío deberá contar con el Permiso Fitosanitario de Importación emitido por el SENASA, obtenido por el importador o interesado, previo a la certificación y embarque en el país de origen o procedencia.

2. El envío deberá venir acompañado de un Certificado Fitosanitario oficial del país de origen.

3. El envío debe de venir en envases nuevos y de primer uso, libre de tierra, restos vegetales o de cualquier material extraño al producto. Los envases serán etiquetados o rotulados con el nombre de la especie exportada y el país de origen.

4. El envío será transportado en contenedores limpios, desinfectados y precintados cuyos números se consignarán en el Certificado Fitosanitario del país de origen.

5. Inspección fitosanitaria en el punto de ingreso al país.

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