R.D. N° 0010-2015-MINAGRI-SENASA-DSV.-
Establecen los requisitos fitosanitarios de cumplimiento obligatorio en la importación de plantas in vitro de café (Coffea spp.) de origen y procedencia Nicaragua de la siguiente manera:
1. El envío deberá contar con el Permiso Fitosanitario de Importación emitido por el SENASA, obtenido por el importador o interesado, previo a la certificación y embarque en el país de origen o procedencia.
2. El envío deberá venir acompañado de un Certificado Fitosanitario oficial del país de origen en el que se consignara los documentos que señala la norma.