Establecen requisitos fitosanitarios de cumplimiento obligatorio en la importación de flores frescas cortadas de Gerbera de origen y procedencia Bolivia

RESOLUCION DIRECTORAL N° 0011-2018-MINAGRI-SENASA-DSV

Por la presente norma se Establece los requisitos fitosanitarios de cumplimiento obligatorio en la importación de flores frescas cortadas de Gerbera (Gerbera amesonii) de origen y procedencia Bolivia; de la siguiente manera:

  1. El envío deberá contar con el Permiso Fitosanitario de Importación emitido por el SENASA, obtenido por el importador o interesado, previo a la certificación y embarque en el país de origen o procedencia.
  2. El envío deberá venir acompañado de un Certificado Fitosanitario oficial del país de origen.
  3. Los envases serán nuevos y de primer uso, debidamente rotulados con la identificación del producto y el país de origen.
  4. Los envíos deberán estar paletizados y transportados en contenedores o vehículos limpios, precintados por la ONPF del país de procedencia. Los números de los precintos deberán estar consignados en el Certificado Fitosanitario.
  5. Inspección Fitosanitaria en el punto de ingreso al país.
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