Establecen Régimen Provisional de Extracción del recurso anguila y la cuota de captura total permisible anual para el año 2015.

R.M. N° 002-2015-PRODUCE.

Establecen el Régimen Provisional de Extracción del recurso anguila Ophichthus remiger, en el marco del cual se desarrollará la actividad extractiva y de procesamiento del referido recurso desde el 1 de enero hasta el 31 de diciembre del año 2015, aplicable en todo el ámbito del dominio marítimo peruano.

 

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