Decreto Supremo N° 006-2012-PRODUCE
25.08.2012
Por medio de la presente norma se establece un Régimen Excepcional y Temporal para el Consumo Humano Directo del Recurso Anchoveta en la Región Moquegua. Así mismo, lo referido a la obligación del registro de todos los pescadores que realicen dicha actividad; la obligación de supervisión; la caducidad del derecho de pesca.
Finalmente, también señala la incorporación de embarcaciones en Régimen Excepcional y Temporal para el Consumo Humano Directo del Recurso Anchoveta en la Región Moquegua; la prohibición de construcción de nuevas embarcaciones y de establecimientos industriales de reaprovechamiento de descartes y residuos hidrobiológicos.