Circular N° AFP-78-2006
Se ha establecido el procedimiento que deben seguir las Administradoras de Fondo Privado de Pensiones- AFP, para devolver los aportes obligatorios al fondo de pensiones pagados por los afiliados que, teniendo la condición de inválidos definitivos dentro del SPP o de inválidos permanentes dentro de algún régimen pensionario distinto del SPP, hayan laborado o laboren como trabajadores independientes o dependientes.