R.S. N° 164-2012/SUNAT
Se dispone la modificación de la factura negociable, a fin de facilitar el uso de estos instrumentos de financiamiento.
La factura podrá incorporarse como último ejemplar en las facturas y recibos por honorarios impresos.
Para ello, el formato del último ejemplar en que se emita la factura negociable deberá confeccionarse conjuntamente con los formatos de facturas y recibos por honorarios.
De igual modo, el emisor deberá tener una serie distinta para las facturas y recibos a los que incorpore el último ejemplar que corresponda a la factura negociable.
La presente resolución entrara en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano y será aplicable respecto de las facturas y de recibos por honorarios que se emitan a partir de dicha fecha.