ESTABLECEN MEDIDAS DE ALCANCE NACIONAL PARA SUPERVISAR EL CUMPLIMIENTO DE LA RECEPCIÓN, INVENTARIO, CUSTODIA Y CONSERVACIÓN DE PREMIOS NO RECLAMADOS; Y LA ADJUDICACIÓN Y ENTREGA DE PREMIOS NO RECLAMAD

ESTABLECEN MEDIDAS DE ALCANCE NACIONAL PARA SUPERVISAR EL CUMPLIMIENTO DE LA RECEPCIÓN, INVENTARIO, CUSTODIA Y CONSERVACIÓN DE PREMIOS NO RECLAMADOS; Y LA ADJUDICACIÓN Y ENTREGA DE PREMIOS NO RECLAMADOS

 

RESOLUCIÓN JEFATURAL

Nº 0485-2016-ONAGI-J

Mediante la presente Resolución se establece, entre otras cosas, un plazo de (10) días hábiles siguientes a la aprobación de los formatos por la Oficina de Logística y Control Patrimonial de la Oficina General de Administración y Finanzas, los Prefectos Regionales, Subprefectos Provinciales y Subprefectos Distritales y encargados, a nivel nacional y sin excepción, informan por escrito a esta Oficina el inventario de premios no reclamados puestos a disposición de los órganos desconcentrados que estos dirigen; sin perjuicio de las responsabilidades administrativas, civiles y penales en caso de ilícitos que se hubieran cometido en la administración de los premios no reclamados.

 

Asimismo, queda derogada la normatividad interna respecto a la recepción, inventario, custodia y conservación de los premios no reclamados puestos a la disposición de la Oficina Nacional de Gobierno Interior de la Directiva Nº 0008-2015-ONAGI-DGAE “Directiva para la Adjudicación de Premios No Reclamados”, aprobada por Resolución Jefatural Nº 0291-2015-ONAGI-J, y otras que se opongan a lo dispuesto en la presente resolución.

 

La presente Resolución se encuentra publicada en el Portal Institucional de la Oficina Nacional de Gobierno Interior (www.onagi.gob.pe) y en el diario oficial El Peruano.

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