Establecen medida de excepción temporal para la comercialización de combustibles líquidos en el departamento de Madre de Dios por la visita del Papa

DECRETO SUPREMO N° 001-2018-EM

La presente norma establece la Excepción de las Cuotas de Hidrocarburos a los Establecimientos de Venta al Público de Combustibles, ubicados en el departamento de Madre de Dios, excluyéndose a los distritos de Huepetuhe y Laberinto, del 13 al 20 de enero de 2018, por la llegada del Papa. Para tal efecto, el volumen adquirido durante dicho periodo de excepción no se considerará para la contabilización de las Cuotas de Hidrocarburos anualizadas.


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