R.M N° 198-2011-PRODUCE
Se establece como limite de captura de 45 000 toneladas métricas para los recursos jurel y caballa a partir de las 00:00 horas del 1 de Julio hasta las 24.00 horas del 30 de Setiembre de 2011 en todo el litoral peruano, dejando este plazo condicional a que el limite de extracción de estos recursos no sea alcanzado antes.