Establecen Límite de captura de los recursos jurel y caballa para la flota industrial pesquera, correspondiente al segundo trimestres del año 2012.

R.M. N° 133-2012-PRODUCE

Se establece como límite de captura de 30 000 toneladas métricas para el recurso jurel y 20 000 toneladas métricas para el recurso caballa para el segundo trimestre del año 2012, dejando este plazo condicional a que el límite de extracción de estos recursos no sea alcanzado antes.

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