Establecen las Normas Complementarias a la presentación electrónica implementada por SUNARP de títulos referidos a resoluciones de embargo en forma de inscripción emitidos por los Ejecutores Coactivos

 

 

 

SUNAT

Res. N° 278-2014/SUNAT.

Cabe indicar que toda alusión al Servicio de Presentación Electrónica se entenderá referida al establecido por la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (SUNARP) para la presentación electrónica de los títulos referidos a resoluciones emitidas por el ejecutor coactivo de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (SUNAT)

La norma establece con referencia de la comunicación del estado de la presentación realizada a través del servicio de presentación electrónica, que SUNARP realizará las comunicaciones que correspondan al proceso de calificación del título referido a la resolución emitida por el ejecutor coactivo que ordena el embargo en forma de inscripción presentado a través del Servicio de Presentación Electrónica así como el resultado de dicha calificación a través del sistema que para tal efecto le proporcione la SUNAT.

Es importante mencionar que la información anteriormente entregada contendrá como mínimo: el número del título, la descripción del estado, la identificación de la zona y oficina registral, y la fecha en que se envía la información.

Fecha de Publicación: Domingo 14 de Septiembre

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