Establecen inicio y término de los períodos de libre pesca y de veda de las especies nativas del recurso camarón de río Cryphiops Caementarius y Macrobrachium spp

Resolución Ministerial N° 312-2006-PRODUCE

Se ha establecido el período comprendido entre el 1 de abril y el 19 de diciembre de cada año como la temporada de pesca de las especies nativas del recurso camarón de río Cryphiops Caementarius y Macrobrachium spp. En este sentido, queda prohibida la extracción, procesamiento, transporte, comercialización y utilización del recurso entre el 20 de diciembre y el 31 de marzo del año siguiente.

 

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