Establecen disposiciones para la asignación de asegurados de ESSALUD a los Establecimientos de Salud, y modifican artículo de la Res. Nº 001-GCAS-ESSALUD-2014.

Res. Nº 12-GCSPE-ESSALUD-2015.-

Disponen que la asignación de los asegurados de EsSalud a los Establecimientos de Salud, se realice considerando:

• Asegurados nacionales.- La dirección domiciliaria consignada en el Documento Nacional de Identidad (DNI).

 

• Asegurados extranjeros.- La dirección domiciliaria consignada en el documento de identidad o declarada a través de la Planilla Electrónica o en la Plataforma de Aseguramiento a través del Formulario 1010.

Modifican, el artículo primero de la Resolución de Gerencia Central de Aseguramiento Nº 001-GCASESSALUD-2014.

Disponen que al término del plazo de tres (03) meses, contados a partir de la publicación de la presente Resolución EsSalud realizará de oficio y de manera progresiva, la actualización de la dirección domiciliaria de los asegurados cuya dirección sea diferente a la consignada en el DNI. En esta situación, se les asignará al Centro Asistencial más cercano a la dirección domiciliaria consignada en el DNI.

 

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