Establecen Disposiciones para la aplicación del Articulo 39° de la Ley General del Sistema Concursal

D.S N° 021-2012-PCM

Establecen disposiciones para el reconocimiento de créditos sustentados en acto administrativo y el reconocimiento de créditos cuyos actos administrativos son controvertidos ante el poder judicial, entrando en vigencia a partir del día siguiente de su publicación.

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